Es muy comĂșn que muchos extranjeros viajen a Estados Unidos con visa
temporal de turista o negocios, y deseen quedarse permanentemente en dicho
paĂs. Existen diversas razones por las cuales una persona pueda tomar la
decisiĂłn de quedarse, entre ellas puede ser haber establecido una relaciĂłn
romĂĄntica con un estadounidense, la
reclamaciĂłn de un familiar o tener la oportunidad de trabajar.
En una entrevista con el abogado de inmigraciĂłn Ăngel Leal sobre cĂłmo
permanecer en EEUU legalmente tras ingresar con una visa de visitante. Estas son
las declaraciones del abogado.
¿CuĂĄles son los puntos clave de la visa de turista en EEUU?
La visa de visitante temporal (B-1 para negocios y B-2 para turismo) es para
un extranjero que tiene una intenciĂłn no interrumpida de regresar a un
domicilio extranjero no abandonado. No tolera una intenciĂłn inmigratoria tanto
en el momento de solicitar la visa en el exterior como en el de entrar al paĂs.
Si se sospecha que la persona la pide con la intenciĂłn de quedarse, se le
puede negar la visa o la entrada. Es importante demostrar que el solicitante va
a regresar al paĂs de origen mediante lazos domiciliarios y otros factores.
También es importante cumplir con lo que se manifestó al agente del Servicio de
Aduanas y ProtecciĂłn Fronteriza (CBP), en cuanto a lugares de estadĂa.
En conclusiĂłn, utilizar la visa de turista con la intenciĂłn de inmigrar es
una ilegalidad.
La importancia de los primeros 90 dĂas de estadĂa
InmigraciĂłn se fija mucho en la conducta de los primeros 90 dĂas del
extranjero que entra con visa de turista. Si ven que en esos dĂas estudiĂł sin
permiso, trabajĂł o mostrĂł indicios de que estĂĄ estableciendo domicilio en EEUU,
ya un futuro trĂĄmite, donde vaya a pedir la residencia, corre el peligro de que
el extranjero se declare inadmisible por un presunto fraude inmigratorio. Mucho
cuidado con los primeros 90 dĂas, entendiendo que, generalmente, son seis meses
de estadĂa autorizada.
¿QuiĂ©nes califican para una extensiĂłn de estadĂa con visa de turista?
La extensiĂłn de estadĂa es para algo temporal, como un asunto mĂ©dico, una
recuperaciĂłn, no poder volar, un percance familiar, una situaciĂłn donde vas a
regresar pero necesitas mås tiempo para cumplir esta eventualidad imprevista. También
sirve para los que aspiran a una visa de estudiante internacional.
Si alguien entrĂł con visa de turista y surgiĂł la oportunidad de estudiar
aquĂ, en ese caso se pide la extensiĂłn turĂstica a la vez que se pide el cambio
de estatus a una de las visas de estudiante, con la idea de que mantengas el
estatus legal, es decir, para que cuando InmigraciĂłn conceda el cambio de
estatus, el extranjero estĂ© legalmente en el paĂs.
¿Y si la persona quiere pedir la residencia permanente?
Si quiere pedir la residencia permanente o green card y entrĂł como turista,
el peor error es pedir una extensiĂłn de la visa de turista.
Al pedir una extensiĂłn para solicitar la residencia, deja en evidencia que
vino a Estados Unidos con visa de turista con la intenciĂłn de quedarse. Muchas
personas recomiendan la extensiĂłn para evitar permanencia ilegal, pero a veces
se estĂĄ cometiendo con ello fraude migratorio.
¿CĂłmo se solicita una extensiĂłn de visa de turista y quĂ© tan fĂĄcil es?
El formulario que se necesita, el I-539, Solicitud de ExtensiĂłn o Cambio de
Estatus de No Inmigrante, es relativamente fĂĄcil de llenar y presentar
digitalmente.
Es mĂĄs difĂcil entender en quĂ© momento se debe de pedir, porque lo que vayas
a poner lo estĂĄs firmando bajo penalidades de perjurio.
¿QuĂ© opciones existen para quedarse con otro estatus legal?
AdemĂĄs de la visa estudiantil, puedes haber entrado con visa de turista y
luego cambiar a otro visado de no inmigrante.
Algunas de las clasificaciones son: J-1 para visitantes de intercambio, la
H-1B para profesionales con tĂtulos universitarios, la visa O-1 para individuos
con habilidades o logros extraordinarios, o las visas H-2A y H-2B para
trabajadores temporales en la agricultura y la industria de servicios.
En estos casos, puedes cambiar el estatus, siempre y cuando conserves el
estatus legal de la entrada inicial.
¿Y si tienes familiares que son ciudadanos estadounidenses?
Si eres familiar inmediato de un ciudadano americano, como cĂłnyuge, hijos
solteros menores de 21 años o padres de un ciudadano mayor de 21, la ley
permite que con la entrada legal, eventualmente puedas pedir ajuste de estatus
a residencia.
Si la reclamaciĂłn se trata de categorĂas preferenciales basados en la
familia, como hijos solteros mayores de edad de ciudadano, cĂłnyuge e hijos de
residentes permanentes o hermanos de ciudadanos, la ley requiere no solo que
hayas entrado legalmente, sino que permanezcas legalmente todo el tiempo hasta
que esa reclamaciĂłn se actualice para pedir cambio de estatus.
¿QuĂ© pasa con los turistas que se enamoran de ciudadanos americanos?
Lo primero que hay que ver es cĂłmo entrĂł el extranjero, hace cuĂĄnto tiempo y
con qué intención. Supongamos que acaba de entrar, es relación de antes y ahora
surgiĂł la oportunidad de formalizarla. AhĂ tuviera cuidado con los 90 dĂas, no
es indicado que cohabiten o se casen en esos primeros 90 dĂas. Pero sĂ tienen
que presentar la solicitud antes de los seis meses de estadĂa, para que el
cĂłnyuge extranjero no tenga tiempo de permanencia ilegal.
Si el extranjero ya lleva años en Estados Unidos, incluso habiéndose quedado
mĂĄs tiempo del permitido, no hay problema en casarse y presentar el cambio de
estatus, siempre que no hayan temas de inadmisiblidad que no son perdonables.
Mi mensaje es que si ya existe la relaciĂłn, ahora hay que crear el plan para
recibir correctamente la residencia. Lo que siempre investiga InmigraciĂłn para
corroborar la validez de la uniĂłn es la intenciĂłn con la cual se casaron en el
momento de iniciar el matrimonio; hay que guardar evidencia de la cohabitaciĂłn
de naturaleza financiera.
Sin duda, es esencial establecer un plan migratorio, ¿cĂłmo se logra?
Si vienes sin un plan de inicio, vas a incurrir en ilegalidad de
permanencia, crear situaciones de inadmisibilidad como fraude inmigratorio o un
asilo indebidamente presentado.
Lo mås bonito es la verdad: cuando identificas para qué quieres venir,
entonces buscas la visa que puede ser compatible con esa intenciĂłn. ¡Vas a
correr con Ă©xito!
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